Modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
El pasado 5 de junio se publicó en el BOE la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas. Esta Ley está articulada entorno a tres ejes fundamentales: por una parte modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 en aspectos fundamentales de las misma; en segundo lugar modifica la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil en lo relativo al procedimiento de desahucio; y en último lugar contempla la creación de un Registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler. Este registro se regulará por Real Decreto, quedando de momento, por tanto sin especificar, su organización y funcionamiento. El objetivo fundamental de la presente Ley es flexibilizar el mercado del alquiler para lograr la necesaria dinamización del mismo, por medio de la búsqueda del equilibrio entre las necesidades de vivienda en alquiler y las garantías que deben ofrecerse a los arrendadores para su puesta a disposición del mercado arrendaticio. Así pues, se refuerza la libertad de pacto, dándose prioridad a la voluntad de las partes. La presente Ley excluye de su ámbito de aplicación los arrendamientos turísticos realizados entre particulares para que queden regulados por la normativa sectorial específica o, en su defecto, se les aplique el régimen de los arrendamientos de temporada, que no sufre modificación.
Destacamos a continuación los puntos más importantes de la presente norma: